Por José Carlos Purizaca. Ser transparente en el mercado no sólo parte de una ley, sino que comienza del valor que le damos a la transparencia desde nuestra infancia, en la familia o en el colegio. Claro que siempre encontraremos personas que nos dirán que simplemente es un tema comercial, que cumplen porque una ley lo manda y nada más.
Prácticas responsables relacionadas al derecho a la información de las personas puede haber muchas, las cuales si bien se relacionan con lo señalado en el Código de Consumo peruano y en la Norma ISO 26000, considero necesario anidar primero en la razón de la empresa para cumplirlas debidamente.
Por ejemplo, podemos considerar establecer con claridad el precio total de un bien o servicio, informando sobre tributos u otros que puedan corresponder al bien o servicio ofertado, así como en determinados casos sobre los costos de entrega que se relacionan al mismo.
Otro ejemplo muy importante es lo relacionado a los créditos de consumo, donde es justo y legal que se proporcione detalles de la tasa de interés anual real (como la llama la Norma ISO 26000), llamada en nuestro país como Tasa de Costo Efectivo Anual – TCEA que incluye todos los costos involucrados, intereses, comisiones, gastos que configuran la cantidad a pagar, el número de pagos y la fecha de vencimiento de las cuotas.
Cuando se ofrezcan alimentos, sobre todo los destinados para infancia, se debe de acreditar las declaraciones o afirmaciones nutricionales, proporcionando datos e información relacionados con las mismas. Así como las advertencias del consumo excesivo en determinados casos, y los efectos que ello puede generar.
Es responsable considerar de forma primordial en la publicidad y el marketing los intereses superiores de los grupos vulnerables, incluida la infancia, y no involucrarse en actividades que puedan perjudicar sus intereses.
Buena semana para tod@s.
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